Las Reservas de la Biosfera

Recorrido por la figura internacional creada por la UNESCO

Las Reservas de la Biosfera son territorios reconocidos en el marco del Programa PyB (Persona y Biosfera o Man and the Biosphere – MaB, en inglés) de la UNESCO, cuya finalidad es armonizar la conservación de la biodiversidad con el desarrollo socioeconómico sostenible de las comunidades locales.

No son una figura estrictamente conservacionista, sino un modelo de gestión territorial integrador, donde la conservación no se plantea como exclusión, sino como compatibilidad entre usos y valores naturales.

¿Qué son?

Las Reservas de la Biosfera se sustentan en tres funciones básicas:


Función de conservación

Protección de ecosistemas, especies y diversidad genética

Función de desarrollo

Impulso de modelos económicos sostenibles (agroganadería extensiva, turismo responsable, aprovechamientos forestales compatibles, etc.)

Función logística

Apoyo a la investigación, seguimiento científico, educación ambiental y demostración de buenas prácticas

Este triple enfoque aboca a las reservas a ser figuras para impulsar actividades humanas en detrimento de la conservación de la naturaleza, objetivo este principal de la creación original de los espacios protegidos por el Principado en el PORNA.

¿Cómo se crean?

I. Es propuesta por el Estado miembro ante la UNESCO, no por la comunidad autónoma.

II. Debe publicarse en el BOE para que exista de facto, lo que no ocurre con varias RBs.

III. Mantiene su normativa propia nacional y autonómica.

IV. No sustituye a las figuras jurídicas existentes (parques, reservas naturales, etc.), sino que debe ser armonizada con respecto a estas.

V. Se apoya en órganos de gestión participativa, entre ellos el Foro de Participación Social.

En Asturias, muchas Reservas de la Biosfera coinciden con espacios protegidos previamente declarados bajo legislación autonómica o estatal.

¿Qué zonas tiene una RB?

La estructura territorial se organiza en tres zonas concéntricas complementarias:

Zona núcleo

    • Área de máxima protección.
    • Conservación prioritaria de ecosistemas bien conservados.
    • Usos muy restringidos.
    • Suele coincidir con parques nacionales, reservas naturales integrales o áreas de alto valor ecológico.

     Zona tampón (o de amortiguación)

      • Rodea o conecta zonas núcleo.
      • Permite actividades compatibles con la conservación.
      • Espacio de investigación, educación ambiental y gestión sostenible.

      Zona de transición

        • Área más amplia.
        • Espacio de residencia y actividad económica.
        • Se promueve el desarrollo sostenible y la innovación territorial.

        Esta zonificación no implica necesariamente nuevas prohibiciones, sino una graduación funcional de usos, adaptada a la sensibilidad ecológica.